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LO PÚBLICO Y LO PRIVADO (II)

En mi anterior artículo expuse que la principal división del derecho dentro del sistema jurídico es en derecho público y derecho privado, y que existe derechos constitucionales como el de educación, salud y bienestar social que deben ser satisfechos de manera obligatoria e inexcusable por el Estado en el campo del derecho público.
También existe derechos humanos vitales que requieren de servicios públicos ofrecidos por instituciones públicas o privadas, por los cuales el usuario debe pagar como la energía eléctrica, agua potable, alimentación, vestuario, salud, etc.
El uso del servicio privado no es obligatorio, es opcional por parte del ciudadano, toda vez que quien no desea hacerlo puede recurrir al servicio público gratuito. Pero si selecciona un servicio prestado por una institución privada, está en el deber de cumplir sus condiciones legales, requisitos y obligaciones que contrae para el efecto.
Al sector privado no se le puede obligar a satisfacer las necesidades de los ciudadanos que deben ser cubiertas por el Estado, ni prohibirles el ejercicio del derecho a la libre empresa, al trabajo, a la asociación y al ejercicio de la actividad económica legal.
Está bien que dentro de un Estado de derechos (humanos y ciudadanos) regulados por el derecho (norma jurídica) se establezcan regulaciones a la actividad privada para evitar monopolios, enriquecimiento ilícito, cobros excesivos y que se proteja el derecho de los usuarios contra abusos. Pero tampoco se puede permitir el abuso de los usuarios, amparados por los reguladores o autoridades, que pretenden obligar a trabajar a pérdida, sin una justa retribución económica por la inversión y la labor desempeñada.
El Estado no está en capacidad de atender todos los derechos constitucionales que impliquen proporcionar servicios de manera gratuita parta los ciudadanos, por lo que más conviene fomentar actividades de inversión privada en esos sectores y no desincentivarla o asfixiarla, obligando a mantener valores que no corresponde al equilibrio económico de la oferta y demanda, propiciando al cierre del emprendimiento.

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